
¿Cómo garantizar el cobro del alquiler?
Alquilar un inmueble ya sea una vivienda, local o nave industrial ocasiona una serie de incertidumbres tanto al propietario como al inquilino. El arrendador porque quiere garantizar el cobro del alquiler, y al inquilino necesita demostrar la solvencia sin generar gastos innecesarios. El fin último es garantizar el cobro del alquiler de todas las mensualidades sin generar problemas a ninguna de las partes.
Tanto si tienes o si necesitas un inmueble residencial, comercial o industrial existen una serie de garantías como son
– Depósito, lo habitual es pedir un mayor número fianzas, con la limitación de importe de 2 mensualidades si es una vivienda
-Solicitar un aval
-Hacer un seguro de impago de alquileres.
Veamos cual es la fórmula que más puede interesarte para formalizar el contrato de alquiler y así garantizar el cobro del alquiler
A la firma del contrato el propietario debe pedir la garantía legal, una mensualidad en el caso de vivienda habitual , y dos en inmuebles comerciales e industriales (Locales y naves industriales).
A esto debemos sumar las garantías adicionales, como el depósito solicitado si quieres garantizar el cobro del alquiler.
El deposito
Este depósito es un importe compuesto por un número de fianzas. En el caso de inmueble residencial de vivienda habitual están limitadas por ley a dos para contratos celebrados después del 6 de marzo de 2019
En cualquier otro inmueble no residencial será un acuerdo al que lleguen y negocien el arrendador y el inquilino, desde un número de fianzas a una cantidad fija, libertad entre las partes.
Entregar una cantidad, el depósito, que no vas a poder tocar mientras dure el alquiler para garantizar el cobro del alquiler es una situación más complicada para el inquilino, si bien es cierto que no genera gastos.
Los Avales
Los avales, avales bancarios y personales, estos últimos, los personales son menos frecuentes. Es una garantía que ofrecen padres de jóvenes cuando estos alquilan una vivienda, también en el caso de empresas solvente como respaldo de algún trabajador o alguna de sus filiales. A veces también se pide una contraprestación añadida
Un aval bancario de alquiler es un contrato entre el inquilino y el banco que garantiza que se van a pagar la cuotas al arrendador. Le sirve al propietario para minimizar el riesgo de impago. Si el inquilino no paga el alquiler, el responsable es el banco que responde hasta la cantidad avalada
El aval bancario ha sido durante mucho tiempo la manera mas habitual de garantizar el cobro del alquiler de cualquier tipo de inmueble.
Si el propietario pide la ejecución del aval por impago, la entidad cumplirá con el pago e intentará recuperarlo posteriormente. Pero la propiedad ya ha garantizado el cobro del alquiler.
¿Como conseguir un aval bancario?
Un aval bancario es una operación de garantía por la que el avalista (banco) se compromete a responder del cumplimiento de una obligación del avalado (normalmente cliente) ante un tercero. Por eso la ejecución de la cantidad avalada no depende del banco sino de un tercero
Ante este compromiso antes de facilitarte o denegarte la carta del aval el banco debe conocerte tanto a ti como la solvencia de tus cuentas y proyectos
Lo primero es que debes ser cliente y la entidad estudiara tu capacidad de pago (ingresos y gastos) , garantías ahorros y disponibilidad para devolverlo en caso que tenga que ejecutarse por a propiedad. Cuanta mayor vinculación tengas con el banco las exigencias del aval serán menores y más fácil será de conseguirlo
Si tienes Accione, Títulos de deuda, fondos…pueden pignorarse. Una operación ventajosa
para el solicitante porque tiene un doble beneficio: el de fianza del aval y el de la utilidad del depósito. Si bien no se puede disponerse de ese dinero, ya que se queda bloqueado mientras permanezca vivo el aval , se seguirá percibiendo el rendimiento de producto. Además de darte acceso para conseguir el aval y como consecuencia conseguir la carta del aval.
Está es una manera nada comprometida para que el banco pueda garantizar el cobro del alquiler al propietario.
También Otra forma de conseguir la carta del aval siendo cliente del banco es previo estudio de riesgo donde valoren la disponibilidad financiera, por si se diera el caso , reintegrar a la entidad bancaria el dinero que haya adelantado en caso de tener que pagar el aval.
Solicitar un aval bancario da seguridad y tranquilidad a la propiedad pero supone un desembolso añadido al inquilino.
¿Que gastos genera el aval ?
El aval personal no acarrea coste adicional pero si el aval bancario.
El primer paso para obtener un aval es formalizar ante notario una Póliza de Cobertura de Garantía Bancaria. Está póliza regula la relación entre el banco y el cliente
donde constan las relaciones entre la entidad y la persona avalada por la garantía (aval):como el pago de comisiones, intereses y demás gastos, así como el reembolso de las cantidades al Banco en caso de ejecución
Los costes que soporta un aval bancario para alquiler garantizar el cobro del alquiler
son los intereses y comisiones por estudio y apertura ante Notario. En algunas entidades las dos comisiones son un porcentaje del importe del aval (en torno al 0,5% en la de estudio y el 0,75% en la de apertura), lo mismo que la de notaría (alrededor del 0,3%).
Lo podemos listar en
Comisiones de gestión o estudio: se cobra una sola vez a la contratación del aval, suele ser un 0,5 %
- Formalización del aval: ante notario se cobra una sola vez en la emisión de la carta del aval. (Sobre 1%, un o, 75 de apertura y un 0,3 notaría
- Porcentaje sobre el importe del aval o riesgo, lo habitual es que sea trimestral trimestral: se paga cada 3 meses durante la vigencia del aval y su cuantía dependerá del plazo, tipo o riesgo que quiera asumir la entidad, el porcentaje del dinero avalado
Por eso las cantidades suelen oscilar entre un 0,5 y un 2% sobre el importe máximo avalado. En algunas entidades financieras tienen unos importes mínimos para cantidad que puede ser entre 50 ó 60 €, dependerá de la entidad
La cancelación es gratuita, no tiene ningún cargo ni comisión. Si bien hay que recordar de devolver la carta del aval original
Si el tuyo es un aval con caducidad de garantía o plazo de exigibilidad, su plazo es limitado y se cancelara en ese plazo, es decir la entidad cubrirá tus obligaciones solamente durante el plazo que marca el aval, y el beneficiario (por ejemplo, el propietario del local comercial que has alquilado) también debe hacer sus reclamaciones en ese mismo período. La reclamación de la deuda con carácter previo a la cancelación del aval.
¿Qué información debe aparecer en el aval?
La información básica que debe aparecer en el aval es la siguiente:
1, datos de los solicitantes y de la entidad
2.Importe total
3Plazo de duración y renovación
4, Las condiciones en que puede cobrar el arrendador en el primer requerimiento ante el impago de la renta
El seguro
Otra opción muy valida y que se utiliza cada vez más para garantizar el cobro del alquiler, seguro de impago de alquiler.
Este puede emplearse en lugar del aval bancario y del depósito sobre todo en el alquiler de locales comerciales y naves industriales.
Este tipo de requisitos puede emplearse también cuando quieres alquilar un inmueble con opción de compra.
Lo interesante en está operación es conseguir encontrar la tranquilidad del propietario con el menor perjuicio para e inquilino. Ello se consigue llegando a un acuerdo lo más ajustado a ambas partes, no te parece?
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